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Principales Novedades de la PAC 2018, por Juan Pedro Medina

El año 2018 le podíamos definir como el punto de inflexión de la vigente reforma de la PAC 2013-2.020, dicho de forma a la mitad del camino de su aplicación, y como viene siendo recurrente en las últimas reformas se incorporan a la normativa ajustes en general de carácter técnico en base a la experiencia de los tres primeros años de aplicación en lo que también se denomina una “reforma intermedia”.

A este respecto, se han incorporado modificaciones a la normativa de aplicación en España en dos Reales Decretos, publicados el 11 de noviembre y el último el 26 de enero que incorpora las cuestiones aprobadas por el reglamento Ómnibus (considerados por muchos como reforma intermedia o la reforma de la actual Comisario Hoggan).

Las principales novedades se agrupan en tres aspectos principales:

Primera: Una nueva definición de pastos permanentes en la que se amplía el espectro de los pastos válidos, en especial la situación de los pastos mediterráneos pobres de forma que aquellos pastos en los que existan árboles o arbustos, aunque no dispongan de hierba, pero que realmente se pueden aprovechar por el ganado serán admisibles. No obstante seguirá siendo de aplicación el Coeficiente de admisibilidad de pastos “CAP”, con el objeto de descontar las zonas de ocas, masas de vegetación impenetrable, etc.

Destacar la importancia de realizar una actividad sobre las superficies por las que solicita la ayuda, en el caso de los pastos la más habitual es aprovechamiento con el ganado. En este sentido en 2018 en el caso de tierras arables que durante los cinco años anteriores se han declarado en barbecho se considera en principio no admisibles, situación que se corrige sí el agricultor las siembra o en el caso de seguir declarándolas de barbecho deberá presentar una alegación al SIGPAC y hacer una labor de mantenimiento mediante arado.

 

Segunda: El segundo bloque está relacionado con ajustes en relación con una de las prácticas del pago verde, este concepto se introdujo con la reforma de 2013 fue el argumento para legitimar la actual reforma, y en especial con la práctica que tienen que realizar las explotaciones con más de 15 hectáreas de tierras arables de destinar un 5 % de su explotación a superficies de interés ecológico “SIE”, entre las que se incluyen, principalmente, el barbecho y los cultivos fijadores de nitrógeno  “CFN” (leguminosas y proteaginosas).

Así, a partir de 2018 se permite que los cultivos fijadores de nitrógeno se puedan sembrar junto con un tutor, por ejemplo una avena, siempre que la leguminosa “CFN”, sea mayoritario.

También se permite sembrar un CFN sobre otro sembrado en 2017, lo que no se permite es declarar barbecho sobre CFN.

Los CFN computan igual que el barbecho es decir con valor 1 en lugar de 0,7 como sucedía en años anteriores. Además los CFNB se mantendrán en el terreno hasta al menos el estado de floración.

La cuestión más polémica en las SIE, que se declaren con CFN o barbecho no se pueden utilizar fitosanitarios durante todo el periodo de cultivo incluido la semilla en el caso de los CFN, o en el periodo de febrero a julio en el caso de barbecho SIE, en este último caso tampoco se puede pastar en ese periodo.

Por último, se han incorporado también como superficie que pueden cumplir con la práctica de SIE, los barbechos cultivados con especies melíferas, en general son una mezcla de un conjunto de especies que florecen en diferentes épocas del año, y además en este caso cada hectárea computa como 1,5, por lo que resulta interesante en las zonas más productivas como pueden ser zonas de regadío o zonas como la Bureba en Burgos.

 

Tercera: El tercer bloque está relacionado con un impulso o incentivación al relevo generacional. En este sentido se duplica la ayuda que pueden recibir en concepto de complemento del valor del pago básico, hasta 2017 era un 25 % y a partir de 2018 será del 50% hasta las primeras 90 hectáreas por explotación y asimismo se modifica la fórmula para computar el periodo de cinco años, de forma que un agricultor que hubiera reunido o reúna los requisitos de ser joven en el primer año de la solicitud los recibirá durante cinco años consecutivos.

Asimismo, se facilitan las cesiones de derechos hacia jóvenes agricultores suprimiendo los denominados peajes en las transmisiones.

Los cambios indicados son los principales de aplicación de la PAC 2018 y en buena medida algunos de ellos también serán foco de atención de cara a la futuras reforma a partir de 2.020, como es el reforzamiento de la actividad agraria, una nueva arquitectura verde de la PAC habida cuenta que el modelo de la actual reforma no está siendo satisfactorio y además es muy complejo y un objetivo siempre presente en las últimas reformas de atraer más jóvenes al sector para conseguir avanzar en una agricultura más inteligente.

Autor: Juan Pedro Medina Rebollo. Director General de Política Agraria Comunitaria de la Consejería de Agricultura de Castilla y León.

 

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