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Castilla y León inicia la modificación de la Ley de Cooperativas

El documento recoge medidas que simplifican los trámites de constitución así como la presentación electrónica de cuentas anuales

La Consejería de Empleo ha informado en Consejo de Gobierno del inicio de la tramitación de la modificación de la Ley de Cooperativas de la Comunidad de Castilla y León, que fue aprobada en abril de 2002. Se inicia así el proceso de participación de la ciudadanía de la Comunidad, a través de la publicación en Gobierno Abierto del texto, para recoger las aportaciones que se trasladen desde la sociedad de Castilla y León. Posteriormente se continuará con la tramitación legislativa hasta la presentación del Proyecto de Ley en las Cortes de Castilla y León para su debate y aprobación.

Modificaciones de la Ley de Cooperativas

El proyecto presentado tiene como objetivo simplificar y agilizar el funcionamiento de las cooperativas, adaptándose a los sistemas de gestión electrónica y a las nuevas fórmulas de cooperativismo. De esta forma las principales modificaciones corresponden a la ampliación del capital social mínimo general a 3.000 euros, anteriormente eran 2.000 euros, y a la reducción a dos, anteriormente eran tres, el número mínimo de socios trabajadores en las cooperativas de trabajo con el objetivo de adaptarlos a la realidad de estas sociedades cooperativas.

Además se simplifican los trámites poniendo en marcha la legalización electrónica de los libros obligatorios y su presentación de las cuentas anuales a través de redes de comunicación. De esta forma se elimina la perforación de los libros para ser entregados y sobre ellos inscribir cuentas y anotaciones.

Se modifican las competencias de los órganos de gestión de las cooperativas y se establece la figura de las cooperativas integrales que agrupan varios tipos de cooperativas

En cuanto a los órganos de gobierno y gestión de las sociedades cooperativas, se modifican parcialmente las competencias en aspectos financieros de la Asamblea General, y el Consejo Rector adquiere nuevas facultades para incrementar la agilidad y la capacidad ejecutiva en su funcionamiento y en la toma de decisiones. De la misma forma se modifican aquellos aspectos que regulan los supuestos y los plazos para evitar la descapitalización de la sociedad.

Se establece, también, la posibilidad de las cooperativas integrales que aglutinarían varios tipos de cooperativas: de trabajo, agrícolas, de explotación comunitaria de la tierra, entre otras. Se incluye una nueva figura de socio de servicios, y se adapta el texto de las cooperativas agrarias a las agroalimentarias.

En cuanto a la disolución, liquidación y extinción de las sociedades cooperativas se establece un procedimiento abreviado para que en una sola escritura la Asamblea General pueda acordarlo. Esto supone mayor facilidad y abaratamiento de costes para extinguir cooperativas que llevan varios años sin actividad. Por último se adapta el texto a la nueva normativa en vigor, sobre procedimiento administrativo, sociedades de capital y procedimiento concursal.

El registro de las Sociedades cooperativas corresponde a la Consejería de Empleo a través de la Dirección General de Economía Social y Autónomos. El registro recoge la legalización de los libros sociales y contables de las referidas entidades, el nombramiento de auditores y otros expertos independientes, el depósito de las cuentas anuales y su publicidad, y el tratamiento estadístico de la información registral.

Cooperativas en Castilla y León

Existen en la Comunidad un total de 2.092 Cooperativas registradas en Castilla y León de las cuales 570 son agrarias, 629 de trabajo, 234 de vivienda, 36 de segundo grado, aquellas constituidas por al menos otras dos cooperativas del mismo objeto, 30 de Servicios, 20 de transporte, 16 de consumidores y usuarios, 8 de enseñanza y una de crédito. Las cooperativas en castilla y León cuentan aproximadamente con 8.800 trabajadores.

Por último, la Consejería de Empleo constituyó en octubre de 2016 el Consejo Regional de Economía Social de Castilla y León, y dentro de él, la Comisión Especial en Materia de Cooperativismo. El Consejo es el encargado de velar para que el funcionamiento de las sociedades cooperativas se adecue a los principios propios de este sector, así como a la legislación autonómica. Emite informe en cuantos expedientes se tramiten en materia de descalificación de sociedades cooperativas, y en concreto, sobre la procedencia de la disolución y liquidación de aquellas en los supuestos en que legalmente se establezcan. Asimismo promueve la educación y formación cooperativa en los distintos niveles del sistema educativo, e impulsa y coordina la participación de las asociaciones de cooperativas de Castilla y León en otros órganos consultivos de la Comunidad.

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